[Colaboraciones] Legislación Ambiental - Jesús García Rojas

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Por: Jesús García Rojas. | Leer artículos anteriores, clic aquí.

¿Conoces el nuevo orden de la legislación ambiental?

Antes de comenzar, comprendamos que es la legislación ambiental.

Podemos entender a la legislación ambiental como aquellas acciones, tratados, leyes, reglamentos  y convenios, que regulan la interacción de los seres humanos con la naturaleza.

A pesar de que la legislación ambiental emana directamente de la rama del derecho ambiental, no tiene un código propio.

La necesidad de regular los delitos ambientales causa un cambio verdadero para la aplicación en el país.

Dada esta necesidad llega la tipificación de los delitos ambientales dentro del Código Penal Federal, en su título vigésimo quinto, comprende del artículo 414 al 420. Dentro de los delitos incluidos se encuentran:

  • ·         Contaminación de agua

  • ·         Trafico de biodiversidad

  • ·         Destrucción de vegetación natural

  • ·         Trafico de recursos naturales

  • ·         Maltrate y/o utilice a animales para peleas clandestinas

  • ·         Trafico, maltrato y/o dañe especies marinas

  • ·         Introducción y/o comercio de organismos genéticamente modificados

  • ·         Manejo de residuos peligrosos

  • ·         Tala ilegal de arboles

  • ·         Quema de residuos de todo tipo

  • ·         Incendio intencional o accidental de áreas naturales

  • ·         Contaminación del aire

  • ·         Contaminación auditiva

  • ·         Alteración del suelo


Todos estos delitos rondan penas de 1 a 9 años de prisión, y de 300 a 3000 días de salario mínimo de multa, estos a consideración  de aumento por agravantes.  

Es importante que la ciudadanía tenga una cultura de la denuncia ambiental, para ellos esta la PROPAEM, sea cual sea cualquiera de los delitos contenidos en el titulo vigésimo quinto (consultar) del Código Penal Federal, realice su denuncia si es testigo de cualquier delito ambiental.

 

PROPAEM

La Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Morelos es un órgano desconcentrado de la secretaría de desarrollo sustentable del poder ejecutivo estatal y tiene por objeto vigilar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente en el estado.

 

¿Cómo realizar una denuncia?

 

Requisitos:

·         Nombre o razón social, domicilio y teléfono del denunciante.

·         Los actos, hechos u omisiones denunciados.

·         Los datos que permitan identificar al presunto infractor

·         Las pruebas que en su caso ofrezca el denunciante.

Contacto

TELÉFONO:

(777) 317 5599

(777) 100 1313


correo electronico

Denuncias.propaem@morelos.gob.mx


Mediante escrito – Personalmente

Puedes visitar las instalaciones de la PROPAEM, ubicadas en Bajada Chapultepec no. 25, colonia Chapultepec, Cuernavaca, Morelos.

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