El Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Morelos negó la suspensión definitiva solicitada por un grupo de comerciantes semifijos y ambulantes de Tepoztlán que buscaban frenar la ejecución del acuerdo de cabildo mediante el cual el Ayuntamiento ordenó la recuperación de la Plaza Cívica.
La resolución, dictada por la jueza Perla Fabiola Estrada Ayala dentro del juicio de amparo 1412/2025, concluye que permitir que los vendedores permanezcan en la zona pública “afectaría el orden público y el interés social”, ya que el acuerdo municipal —publicado el 3 de octubre en el Periódico Oficial Tierra y Libertad— tiene como finalidad “la recuperación de la Plaza Cívica en beneficio de la colectividad”.
Los actos reclamados
Los quejosos, representados por Sandra Yuridia Tapia Rivera, impugnaron:
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La aprobación, promulgación y publicación del acuerdo de cabildo.
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Su ejecución.
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El eventual desalojo con uso de fuerza pública.
Las autoridades señaladas fueron el Ayuntamiento de Tepoztlán, el Presidente Municipal, la Secretaría Municipal, áreas de Seguridad Pública y el Secretario de Seguridad estatal, así como el Director del Periódico Oficial.
La jueza divide a los comerciantes en dos grupos
Al revisar las pruebas, el Juzgado determinó que un primer grupo de comerciantes no acreditó interés suspensional, pues sus documentos mostraban actividad comercial dentro del mercado municipal u otras zonas, pero no dentro de la Plaza Cívica.
Para ellos, la jueza concluyó que “no es posible ponderar la apariencia del buen derecho” debido a la falta de elementos que demostraran afectación directa.
En el segundo grupo, integrado por quienes sí exhibieron documentos que acreditan actividad comercial en la Plaza Cívica —como tarjetas de registro, credenciales municipales o constancias de asignación de espacio— la autoridad reconoció un interés suspensional indiciario. No obstante, esa consideración no fue suficiente para otorgarles la suspensión definitiva.
Orden público y recuperación del espacio público
La jueza señaló que el acuerdo municipal tiene como objetivo la recuperación del espacio público para mejorar la calidad urbana, ambiental y el uso colectivo de la Plaza Cívica.
Afirmó que conceder la suspensión “privaría a la sociedad de beneficios” y contravendría disposiciones de orden público, por lo que el derecho colectivo debe prevalecer sobre el interés individual de los comerciantes.
Resultado
En consecuencia, el Juzgado Quinto negó la suspensión definitiva a todos los comerciantes que integran el amparo, incluidos:
Evangelina Ríos Castañeda, Gemma Rodríguez Vargas, Columba Rodríguez Barragán, Leticia Sánchez Rodríguez, Lázaro Ortiz Linares, Xóchitl Maricela Núñez Linares, José Tapia Rivera, Mariana Aguirre Ayala, Lucía Noriega Barragán, J. Inés Castro Aguilar, Maximina Labastida de Terán, Juana Tepectzin Calaquino, Miguel Hugo Rodríguez Mirafuentes, Ángel Ortiz Linares, Carmen Barragán Medina, Jesús Castro Aguilar y Romeo Barragán Medina.
La resolución autoriza a las autoridades municipales y estatales a continuar con la ejecución del acuerdo de cabildo, incluido el retiro de puestos semifijos y ambulantes en la Plaza Cívica.


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